Reglamento de suministro domiciliario de agua para vivienda

Escrito por Marta Navarro

Abr 3, 2024

3 de abril de 2024

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El Reglamento regula el acceso y relaciones entre la entidad y los abonados

Los ayuntamientos tienen la capacidad de gestionar el servicio de agua directamente o a través de empresas públicas o privadas.

El Reglamento de suministro domiciliario de agua para vivienda es una normativa clave que regula el acceso y las relaciones entre la entidad que gestiona el suministro de agua potable y los abonados. Este servicio es de competencia exclusiva de los ayuntamientos, los cuales están obligados a prestar el suministro en todas las viviendas situadas en zonas urbanizadas que cumplan con los requisitos legales de construcción.

¿Qué regula el reglamento de suministro domiciliario de agua?

El Reglamento de suministro domiciliario de agua para vivienda tiene como objetivo establecer las obligaciones y derechos de ambas partes, es decir, de la entidad suministradora del agua y de los abonados. Este reglamento también cubre el régimen de infracciones y sanciones, proporcionando un marco normativo claro para cualquier posible incidencia.

El reglamento también regula cómo las solicitudes de conexión al servicio de agua deben gestionarse. Generalmente, los usuarios deben proporcionar una serie de documentos para iniciar el proceso de suministro, como los siguientes:

  1. Nombre, apellidos y documento identificativo (DNI, NIE o Pasaporte) del titular del contrato.
  2. Dirección exacta del local, vivienda o finca que recibirá el suministro de agua.
  3. Justificación del derecho de propiedad o uso del inmueble, que puede acreditarse mediante contrato de compraventa ante notario, documento del Catastro, o un contrato de arrendamiento.
  4. Uso previsto del suministro de agua, que puede ser doméstico, industrial, agrícola, entre otros.
  5. Boletín de instalador visado por la Comunidad Autónoma, el cual debe ser proporcionado por el promotor de la vivienda (en caso de obra nueva) o por el anterior propietario (en caso de segunda mano).
  6. Cuenta bancaria del titular para la domiciliación de los pagos, además de aceptar los derechos de alta, según los precios y tasas establecidos.

Documentación simplificada para viviendas con instalación previa

En el caso de que la vivienda ya disponga de una instalación de agua, el trámite para la conexión es más sencillo. En este caso, solo se requiere:

  1. Nombre, apellidos y documento identificativo del titular.
  2. Dirección de la vivienda.
  3. Justificación de la propiedad o uso del inmueble.
  4. Datos bancarios para la domiciliación de los pagos.

¿Quién gestiona el suministro de agua?

Los ayuntamientos tienen la capacidad de gestionar el servicio de suministro de agua directamente o a través de empresas públicas o privadas. Estas empresas son responsables de prestar el servicio a todos los usuarios dentro de su área de influencia. Para conocer cuál es la entidad suministradora del agua en tu zona, debes dirigirte a tu ayuntamiento, ya que cada municipio tiene acuerdos específicos para la gestión de este servicio.

Reglamento de suministro de agua en la Comunidad de Madrid

En la Comunidad de Madrid, la normativa que regula el suministro de agua domiciliario es la Ley 17/1984, de 20 de diciembre, sobre el abastecimiento y saneamiento de agua. Esta ley establece las condiciones para el suministro y está disponible para consulta pública en las oficinas municipales y plataformas en línea del gobierno regional.

El Reglamento de suministro domiciliario de agua para vivienda es fundamental para garantizar que el acceso al agua potable se realice de manera regulada y justa. Tanto los ayuntamientos como las empresas gestoras deben cumplir con las normativas vigentes para asegurar un servicio de calidad a los abonados.

Derechos y obligaciones de los abonados al suministro de agua

Los usuarios que solicitan el suministro de agua domiciliario deben cumplir con una serie de obligaciones establecidas en el Reglamento de suministro domiciliario de agua para vivienda. Entre estas, se incluye el uso responsable del agua, el mantenimiento de las instalaciones internas del inmueble, y la puntualidad en el pago de las facturas. El reglamento también garantiza una serie de derechos a los abonados, como el acceso a información clara sobre tarifas, calidad del agua y cualquier interrupción del servicio que pudiera afectarles. En caso de incumplimientos por parte de la entidad suministradora, los abonados tienen derecho a presentar reclamaciones o quejas formales.

Infracciones y sanciones en el suministro de agua

El Reglamento de suministro domiciliario de agua para vivienda también define un régimen sancionador en caso de infracciones. Entre las posibles faltas se incluyen el uso fraudulento del suministro, las conexiones no autorizadas a la red de agua, o el incumplimiento de las normativas técnicas relacionadas con las instalaciones. Las sanciones pueden variar desde multas económicas hasta la suspensión temporal o definitiva del servicio de agua. Es importante que los abonados estén familiarizados con estas disposiciones para evitar problemas legales y garantizar el uso adecuado del recurso.

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