LOS VEHÍCULOS ELÉCTRICOS TOMAN LA CIUDAD

Escrito por Esther Morales

Jun 1, 2017

1 de junio de 2017

El futuro ya está aquí o, al menos, ya llama a nuestra puerta. Los vehículos eléctricos han llegado a la ciudad y lo han hecho para quedarse. Y es que la presencia de vehículos que utilizan energías alternativas a los combustibles tradicionales, como el gasóleo o la gasolina, es cada vez mayor. Es un fenómeno imparable, ateniendo a hechos acontecidos en los últimos años e incluso meses. Así, el Carsharing, alquiler de coches eléctricos (u otro tipo de vehículos como furgonetas o motocicletas) por minutos, es ya una realidad en muchas de las grandes ciudades españolas y son varias las compañías que funcionan con normalidad ofreciendo vehículos eléctricos por lo general, a los ciudadanos. Junto a ello, el consumidor empieza a recibir incentivos que le motiven a la hora de decantarse por un vehículo con energía alternativa, como es el recientemente presentado Plan Movea 2017, con ayudas económicas directas a la compra de este tipo de vehículos, o, por ejemplo, las ventajas que tienen los coches eléctricos en la aplicación del protocolo por altos niveles de contaminación de la ciudad de Madrid: ante episodios que lleven a la prohibición de circulación, los eléctricos sí podrán circular. Veamos pues las claves del Plan Movea y del fenómeno Carsharing.

Plan Movea 2017
Empezando por lo más reciente en el tiempo, ha sido en este mismo mes de junio cuando el Consejo de Ministros aprobaba un Real Decreto (617/2017, de 16 de junio) para regular la concesión de ayudas para la compra de vehículos con energías alternativas y para la implantación de puntos de recarga de vehículos eléctricos (Plan Movea 2017). Esta iniciativa se enmarca dentro de la Estrategia de Impulso del Vehículo con Energías Alternativas. El importe total de las ayudas asciende a 14,26 millones de euros. El programa estará en vigor hasta el 15 de octubre de 2017 o hasta que se agoten los fondos disponibles. El Plan Movea 2017 fomenta exclusivamente la adquisición de vehículos de combustibles alternativos, como son los eléctricos, de gas licuado de petróleo, de gas natural comprimido y licuado, que se propulsan con pila de combustible de hidrógeno y motos eléctricas, excluyendo a los tradicionales vehículos propulsados por gasolina y gasóleo y fomentando, además, la implantación de puntos de recarga para vehículos eléctricos en zonas de acceso público.

La cuantía de las ayudas se fija con diferentes baremos dependiendo del tipo de vehículo y del combustible utilizado. La ayuda será a partir de 500 euros (turismos y furgonetas), 5.000 euros para microbuses y camionetas y 18.000 euros para autobuses y camiones. Para las motocicletas la ayuda oscila entre 1.500 y 2.000 euros. Los puntos de venta que deseen adherirse al Movea tendrán que aplicar un descuento adicional mínimo de 1.000 euros para todos los vehículos, excepto cuadriciclos (150 euros) y motos (sin descuento). En el caso de que el vehículo sea eléctrico, el punto de venta deberá comprometerse a facilitar la instalación de un punto de carga. Por otro lado, las ayudas para la implantación de puntos de recarga para vehículos eléctricos en zonas públicas podrán alcanzar un importe de hasta el 40{f347e91c3d15e5e3e741233c2bb5698019e137ba99470c79a7a0399b10c19c94} del coste, con un máximo de 1.000 euros por punto de recarga convencional, de 2.000 euros por punto de recarga semirrápida y de 15.000 euros por punto de recarga rápida.

Los elementos de seguridad incorporados en los vehículos nuevos también constituyen un motivo fundamental para la renovación del parque. Es por ello que en esta nueva edición del Plan Movea se ha incluido la obligatoriedad de que los vehículos subvencionados cuenten con un sistema de control electrónico de estabilidad (ESC), excepto para aquellos vehículos exentos de dicho cumplimiento por la normativa vigente.

Preguntas y respuestas sobre el Plan Movea
¿Para qué se conceden las ayudas?
Las ayudas se concederán para la:
1.- Compra de un vehículo nuevo, mediante adquisición directa o por medio de operaciones de financiación por leasing financiero o arrendamiento por renting (leasing operativo).
2.- Compra de un vehículo usado de hasta 9 meses de antigüedad (desde la primera matriculación hasta el registro de la solicitud en la aplicación del Plan MOVEA), siempre que sea un vehículo eléctrico (excepto motocicletas) o de pila de combustible.
3.- Implantación de puntos de recarga para vehículos eléctricos en zonas de acceso público, tanto en las modalidades de adquisición directa, por medio de operaciones de financiación por leasing financiero o arrendamiento por renting (leasing operativo).
4.- Los vehículos subvencionables deberán pertenecer a alguna de las siguientes categorías: turismos, furgonetas, furgones, autobuses, autocares, camiones, cuadriciclos o motocicletas.
5.- Los vehículos subvencionables deberán estar homologados como vehículo de GLP/Autogás, GNC, GNL, bifuel, eléctrico puro (BEV), eléctrico de autonomía extendida (REEV), híbrido enchufable (PHEV) o de pila de combustible.

¿Quiénes pueden ser los beneficiarios?
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones del Plan los profesionales autónomos, personas físicas, empresas privadas, entidades locales y entidades públicas vinculadas o dependientes de ellas y las administraciones de las Comunidades Autónomas y entidades públicas vinculadas o dependientes de ellas, así como otras entidades públicas vinculadas o dependientes de la AGE.
De igual manera, no podrán ser beneficiarios para la adquisición de vehículos, los puntos de venta de vehículos, ni los concesionarios, ni las empresas en crisis.

Guía Plan MOVEA 2017

Guía Plan MOVEA 2017

¿Hay que achatarrar otro vehículo para solicitar las ayudas?
Para la adquisición de vehículos de las categorías M1 (turismos) y N1 (furgonetas), no será obligatorio el achatarramiento de un vehículo antiguo, si bien sí se podrá realizar bajo determinadas condiciones (como la antigüedad del vehículo a retirar, que tenga la ITV en vigor o la titularidad del mismo) para poder solicitar la ayuda adicional estatal por achatarramiento de 750 euros.

A su vez, para la adquisición de vehículos de las categorías M2 y M3 (autobuses), N2 y N2 (furgones y camiones), sí será́ obligatorio achatarrar y dar de baja definitiva otro vehículo que deberá ser de las categorías M o N, y estar matriculado en España con anterioridad al 1 de enero de 2010 y el solicitante de la ayuda deberá́ además ostentar la titularidad del vehículo achatarrado, entre otros requisitos.

¿Existe algún número máximo de vehículos a solicitar por un mismo beneficiario?
Sí, las personas físicas y profesionales autónomos solo podrán subvencionar un vehículo por beneficiario.
A su vez, las empresas privadas y entidades públicas con personalidad jurídica podrán solicitar ayudas para 50 motocicletas eléctricas o 35 vehículos que no sean motocicletas eléctricas, ambos casos por separado.

¿Cómo se solicitan las ayudas?
Se canalizarán necesariamente a través de los puntos de venta de vehículos previamente adheridos al Plan MOVEA, a través del sistema telemático de gestión que desarrollará y pondrá́ en marcha la entidad colaboradora, una vez que ésta haya sido seleccionada.

Hay que destacar que el punto de venta o concesionario debe realizar al comprador el descuento o descuentos correspondientes que sean de aplicación, que deberán quedar reflejados en la factura.

¿Y sobre los puntos de recarga?
Pues con carácter general, deberán estar situados en zonas de acceso público, disponer de los Modos 3 o 4, cumplir el estándar UNE-EN 61851 y estar dotados de un sistema de comunicación provisto de Protocolo OCPP.

Son subvencionables la obra civil, instalaciones, cableados y punto de conexión necesarios para la puesta en servicio del sistema de recarga, y su instalación desde el cuadro eléctrico final del que deriva el circuito hasta el punto de conexión donde se conecta el vehículo para su recarga.

No es subvencionable la instalación de contadores inteligentes.

Carsharing
Pero como decíamos al arranque del presente artículo, los vehículos eléctricos empiezan a ser una realidad palpable en muchas grandes ciudades de este país y, en parte, este hecho se debe a la aparición del fenómeno conocido como Carsharing, que consiste en el alquiler de vehículos por períodos cortos de tiempo –se está facturando ya por minutos -. Es la solución ideal para aquellas personas que no quieran decidirse por la adquisición de un vehículo eléctrico en este momento, pues gracias a este servicio podrán acceder al mismo para sus quehaceres diarios, sin necesidad de realizar ningún desembolso para la adquisición del mismo.

Diversas plataformas –Car2go, Emov, Respiro, Avancar, Bluemove, Free2move, SocialCar…- vienen ya funcionando en ciudades como Madrid y, como decíamos, cada vez es más frecuente ver sus vehículos por la calle de la capital. Dado las ventajas que les suponen las energías alternativas, muchas de ellas están optando por tener una flota al cien por cien de vehículos eléctricos, ya que, más allá del ahorro en combustible, consiguen otras ventajas como la de poder estacionar de manera totalmente gratuita en las zonas donde impera el Servicio Estacionamiento Regulado (los parquímetros), ya sea en zona verde o azul, lo que dota de una agilidad que está consiguiendo fidelizar a sus clientes.

Y es que éste es uno de sus ganchos, más allá del tradicional alquiler de vehículos sin conductor, que obligaba al cliente a ir a buscar el coche a una estación u oficina determinada y devolverle en el punto fijado, las plataformas de Carsharing facilitan, por lo general, que sus clientes puedan coger su coche en cualquier punto de la ciudad (localizado y reservado previamente por las aplicaciones móviles o sus páginas web) y puedan igualmente devolverlo en cualquier punto, siempre cumpliendo los requisitos marcados por cada empresa, como pudiera ser que el coche se coja o se devuelva dentro de los límites de la M-30 o del término municipal de Madrid, por poner un ejemplo.

De esta manera, el cliente gana en libertad. Localiza el coche de su plataforma más cercano con su móvil, lo reserva, con el mismo lo desbloquea para poder arrancarlo, hace su trayecto, lo aparca y la empresa le facturará según el tiempo empleado.

Dentro de esta búsqueda de ir eliminando los vehículos más antiguos de la circulación, los ayuntamientos son también grandes beneficiarios del Carsharing, pues según los expertos en Movilidad, cada coche eléctrico de Carsharing está sustituyendo a 10 vehículos privados, debido a que su uso se limita mucho en tiempo. Un mismo vehículo de Carsharing puede ser utilizado en un mismo día por 10 usuarios, que estarían renunciando a mover su coche privado. Además, está demostrado que el uso de vehículos de Carsharing fomenta la movilidad intermodal, ya que muchos usuarios combinan el uso de estos vehículos con el del transporte público. Ejemplo de ello, gente que viene a la ciudad en transporte público y opta por el Carsharing para sus desplazamientos durante la jornada, regresando a su domicilio en transporte público al finalizar la misma.

Es por ello por lo que los Ayuntamientos, y el Estado como veíamos en el Plan Movea, que permitirá subvenciones de hasta para 35 vehículos o 50 motocicletas eléctricas a este tipo de empresas, están fomentando su uso. A cambio, las empresas les vienen reclamando una mayor determinación a la hora de apostar por los vehículos eléctricos con, por ejemplo, la instalación de más, y de más fácil acceso, puntos de recarga.

En paralelo a las plataformas que ofrecen utilitarios eléctricos por minutos, ya han aparecido empresas con la misma fórmula pero para motocicletas eléctricas.

Datos prácticos
Por lo general, estas empresas cobran a sus clientes a la hora de darse de alta, requisito indispensable para poder acceder a la flota, si bien muchas de ellas suelen ofrecer esa misma cuota como descuento para sus primeros ‘viajes’. A partir de ahí, suelen ofrecer dos modalidades: facturación por minutos o por día.

Evidentemente los precios varían dependiendo de la empresa o del tipo de vehículo (la mayoría son utilitarios de pequeño tamaño, desde los de dos plazas a los de cuatro, aspecto éste que también afecta en el precio) que se ofrezca, pero a fecha de realización de este artículo, se encuentran entre los 0.19 euros por minuto a los 0.25. De esta manera, un cliente que cogiese uno de estos vehículos para moverse por la ciudad y haga un trayecto de 15 minutos, vendría a pagar unos 3 euros (a 0.20 por minuto). En cuanto a los precios por día, varían de empresa a empresa y depende de muchos factores como el tipo de vehículo o el período de tiempo que se incluya en ese precio fijado.

Como en el alquiler tradicional de vehículos, estas empresas exigen a sus clientes una serie de condiciones como ser mayor de edad y tener el permiso de circulación en vigencia y ofrecen, a su vez, un seguro que podría tener franquicia, por lo que en caso de que se produjese un daño en el vehículo y se demuestre la culpabilidad del cliente, éste tendría que abonar la parte que no cubra la franquicia. En este punto, es recomendable informarse antes de darse de alta en la plataforma de qué tipo de seguro es el que nos están incluyendo, por si esto nos pudiese ayudar a decantarnos por una u otra empresa.

Igualmente, todas ellas facilitan un servicio telefónico o en línea de atención al cliente, por si surgiese cualquier tipo de incidencia durante el servicio, desde encontrarse con el coche dañado, un objeto de un usuario anterior, un coche descargado etc.

En cualquier caso, recordarles que el departamento jurídico de la Unión de Consumidores de Madrid-UCM se encuentra a disposición de sus asociados para solventar cualquier tipo de duda que tuviese respecto a cualquier tipo de incidencia con una empresa de Carsharing.

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