FESTIVALES: CANCELACIONES, MODIFICACIONES Y MALAS PRÁCTICAS

Escrito por Esther Morales

Dic 20, 2022

20 de diciembre de 2022

La agenda de festivales ya se extiende durante todo el año, aunque es en verano donde la concentración es mayor, así como también el número de personas que acude a ellos, empujados, entre otras razones, por el clima y la facilidad de movimiento.

En algunas ocasiones, estos eventos sufren cancelaciones y/o modificaciones a pocos días de su celebración y los promotores no informan a los consumidores sobre cómo proceder para la solicitud de reembolso de los importe de las entradas. A esto se suman, en determinadas  ocasiones, múltiples cláusulas abusivas que se imponen a los asistentes, los cuales se ven desamparados a la hora de reclamar. 

Es por ello que debemos resolver las diferentes dudas que se pueden plantear ante dichas situaciones.

 

¿Tienen derecho los consumidores al reembolso del importe de las entradas tras la cancelación de un festival? 

La respuesta es sí, puesto que el Real Decreto de Defensa de los Consumidores y Usuarios, establece lo siguiente: “en caso de no ejecución del contrato por parte del empresario por no encontrarse disponible el bien o servicio contratado, el consumidor y usuario deberá ser informado de esta falta de disponibilidad y deberá poder recuperar sin ninguna demora indebida las sumas que haya abonado en virtud del mismo”.

Por tanto, no queda duda de que quienes hayan adquirido una entrada de la que no pudieran hacer uso por causas ajenas a su persona, tienen derecho a obtener el reembolso de la cantidad pagada y deben solicitarla al promotor del evento, exponiendo por escrito todo lo referente al incidente y guardando justificante del envío.

 

¿En qué plazo se tiene que proceder a la devolución?

Esta misma legislación establece que la devolución se debe efectuar en un plazo máximo de 14 días desde la solicitud de reembolso realizada por el consumidor. En caso de que transcurrido este plazo no se haya devuelto el importe correspondiente, el interesado podrá reclamar al empresario que se le abone el doble del importe adeudado.

 

¿Qué sucede en el caso de que no se realice una cancelación, pero si un cambio de cartel,  fecha o ubicación?

En este caso tendríamos que tener en cuenta si los cambios son sustanciales. Por ejemplo, si se realiza un cambio de cartel sin informar previamente, estaremos ante una modificación sustancial, en la cual cabría reclamación del importe de la entrada, así como el resto de gastos en los que hayamos incurrido para acudir al evento.

Sobre la fecha y la ubicación, como hemos apuntado, tendremos que tener en cuenta la información proporcionada por el promotor y si el cambio realizado está justificado.

 

¿Es acorde a la legislación la prohibición de acceso al festival con comida y bebida?

En este caso, la respuesta es no, ya que los festivales se realizan en base a licencias obtenidas para la realización de los mismos. La actividad principal es un espectáculo audiovisual, no de restauración, por ello entendemos que la prohibición del acceso de bebida y comida a los mismos, no es acorde a la legislación.

 

¿Pueden imponer un único método de pago, como sucede con las pulseras cashless?

La negativa a aceptar el pago en efectivo como medio de pago, dentro de los límites establecidos por la normativa tributaria y de prevención y lucha contra el fraude fiscal, es una infracción en la materia y, por tanto, sancionable.

Cada vez son más los festivales que utilizan métodos de pago digitales como único medio de pago, que consisten en dispositivos que integran microchip, los cuales usan ondas de radio para transferir datos de forma rápida a un dispositivo lector. De este modo, se puede entrar y salir del recinto, así como pagar las consumiciones.

Una vez acabado el evento, si el dinero sobrante en las pulseras no es reclamado por el usuario, es el organizador quien se lo queda. A veces incluso, cuando el consumidor quiere recuperar su dinero, los organizadores imponen comisiones o importes mínimos para realizar las devoluciones, sin informar, en muchos casos, de estas condiciones contractuales previamente.

En cualquier caso, el usuario tiene derecho a reclamar  el dinero sobrante, sea cual sea el importe, y para ello es fundamental  conservar la pulsera para identificar nuestro pago.

 

¿Qué otros derechos tengo como asistente a un festival?

Igualmente, el usuario tiene derecho a reclamar, en caso de que se cometa alguna de la siguientes irregularidades:

  • Limitar el plazo para la devolución del dinero.
  • Finalizar el evento antes del plazo establecido, sin ningún tipo de compensación.
  • El exceso de aforo.
  • La suspensión de actuaciones una vez vendidas las entradas.

 

Si tienes cualquier duda sobre la cancelación de algún evento o cualquier otra consulta al respecto, no dudes en ponerte en contacto con nuestro Gabinete Jurídico. ¡Te la resolveremos de forma totalmente gratuita!

 

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