PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES EN CLÍNICAS DENTALES

Escrito por Jorge Sanz

Abr 22, 2016

22 de abril de 2016

La burbuja odontológica

 

La aparición de numerosas clínicas dentales, que se alejaban del modelo de trabajador autónomo que abría una pequeña clínica para pasar a grandes franquicias con sucursales por toda España, prometía la democratización de un sector que hasta no hace muchos años estaba ‘prohibido’, por sus precios, para un amplio sector de la población. Años después, estamos ante una situación muy peligrosa, denunciada por el propio Consejo de Dentistas de España, que se ha traducido en “un gran deterioro y banalización de la prestación sanitaria odontológica”. Irregularidades e incluso estafas están empezando a salir a la luz. Repasemos pues unos consejos que les serán útiles si tienen decido acudir a una clínica dental o si se encuentran en medio de un tratamiento y consideran que pueden estar siendo engañados o que sus derechos pueden estar siendo vulnerados.

 

Diez pasos antes de iniciar el tratamiento

1.- Compruebe que la clínica está autorizada.

La clínica  debe exhibir el documento original acreditativo de la autorización de funcionamiento que informa de:

– Tipo y finalidad asistencial.

– Dirección y municipio.

– Fecha de la autorización de apertura y funcionamiento o de la última renovación en su caso.

– Número de inscripción en el Registro de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios.

– Breve descripción de los derechos de los usuarios y dónde puede formular sus quejas o reclamaciones.

2.- El dentista debe estar colegiado en el Colegio Oficial de Odontólogos y Estomatólogos.

3.- Puede solicitar que sea un dentista y no un comercial el que explique el tratamiento que van a hacerle desde el principio, así como su duración y las pruebas necesarias.

4.- Solicite un diagnóstico, pronóstico y presupuesto del tratamiento, por escrito. La clínica o profesional tiene obligación de facilitar el precio completo del tratamiento, incluidos los impuestos, desglosando gastos adicionales que tengan que pagarse (realización de radiografías, etc.) o descuentos que se vayan a aplicar, en su caso.

5.- Las prótesis dentales son productos sanitarios que deben diseñarse y fabricarse a medida para un paciente concreto por parte de un protésico dental. Si usted necesita una prótesis dental, solicite la prescripción de su odontólogo donde figuren las características y los materiales más apropiados para usted y pida un presupuesto por escrito.

6.- No se deje influir por la publicidad. Debe exigir que le expliquen todas las condiciones del tratamiento o servicio antes de realizarlo.

7.- Si financia el tratamiento, usted puede escoger la entidad para hacerlo. Es conveniente que el crédito quede expresamente vinculado al servicio, para evitar de este modo seguir pagando el préstamo en el caso de que ese tratamiento se interrumpa antes de lo previsto.

8.- Si se paga el tratamiento de forma fraccionada, conviene exigir factura de cada pago. Es aconsejable no pagar todo el tratamiento por adelantado, para evitar cualquier problema en el caso de que la clínica dejara de ejercer su actividad, por ejemplo.

9.- Conserve la publicidad previa y cualquier información que haya recibido sobre su tratamiento por escrito.

10.- No dude en consultar con los expertos en consumo en caso de que usted sospeche que pueda estar siendo víctima de una mala praxis.

 

Si ya ha iniciado un tratamiento

1. Conserve la publicidad pues es vinculante: cualquier información que figure en un folleto publicitario debe cumplirse.

2. Tiene derecho a exigir que le entreguen una factura donde se indiquen de manera separada y diferenciada los costes de su tratamiento.

3. Los productos sanitarios, prótesis, elementos de ortodoncia o cualquier otro tipo de aparato tienen dos años de garantía sobre defectos de fabricación.

4. Tiene derecho a solicitar copia del historial clínico, o un informe donde se detalle el mismo, en cualquier momento.

 

¿Qué hacer si me siento engañado?

– Puede acudir al Colegio Oficial de Odontólogos y Estomatólogos de Madrid (COEM), donde se le informará de las vías colegiales, extrajudiciales y judiciales que están a su disposición y/o formular su reclamación ante la Comisión Deontológica del Colegio.

– Si considera que sus derechos como consumidor se han visto vulnerados presente su reclamación ante la OMIC de su municipio o  la Dirección General de Comercio y Consumo.

– Usted también puede solicitar un arbitraje (excepto que su reclamación se deba a la existencia de lesiones). Si la empresa o profesional con quien ha contratado el tratamiento están adheridos al Sistema Arbitral de Consumo o acepta expresamente el arbitraje para el caso concreto, el procedimiento arbitral finalizará con la emisión de un laudo imparcial e independiente, que pone fin al conflicto y que tiene el mismo valor que una sentencia firme.

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