CERTIFICADO COVID DIGITAL DE LA UNIÓN EUROPEA

Escrito por Javier Rey

Nov 9, 2021

9 de noviembre de 2021

El certificado Covid Digital de la Unión Europea es un documento que permite viajar entre países de la Unión Europea acreditando de forma sencilla que una persona ha sido vacunada contra la COVID-19, se ha recuperado de la enfermedad o tiene una prueba negativa en las últimas 48/72 horas según establezcan los diferentes países.

Este certificado permite que se pueda viajar de manera segura y libre durante la pandemia de COVID-19 por todos los países de la Unión Europea.

Está disponible en formato digital y en formato papel y es válido en todos los países de la Unión Europea. Son las autoridades nacionales las responsables de la expedición del certificado y es totalmente gratuita para los usuarios que lo soliciten.

En España, lo emiten con carácter general las Comunidades Autónomas, regulando la mayoría de las Comunidades Autónomas solicitud telemática, bien a través de certificado electrónico, DNIe o PIN permanente o solicitud presencial en distintos puntos cuyas direcciones son facilitadas por la web de la Comunidad Autónoma en cuestión.

La Comunidad de Madrid en cuestión, ha establecido veintiún puntos presenciales para la solicitud del certificado Covid digital de la UE, coincidentes con veintiuna Oficinas de Registro y Atención al Ciudadano, repartidas por toda la Comunidad de Madrid, que se pueden consultar a través de internet o llamando al 012.

Recientemente se ha implantado la descarga del certificado Covid digital para móviles a través de la aplicación móvil Tarjeta Sanitaria.

¿Dónde tiene validez?

Su implantación se hizo oficial el 1 de julio de 2021 y tiene validez en los 27 países de la Unión Europea, así como otros terceros países con los que la Comisión Europea ha establecido la equivalencia entre sus certificados y el Certificado COVID digital de la UE, tales como Albania, Andorra, Armenia, Suiza, Islas Feroe, Israel, Islandia, Liechtenstein, Marruecos, Mónaco, Macedonia del Norte, Noruega, Panamá, San Marino, Turquía, Ucrania y Reino Unido.

Características principales.

En cualquiera de sus formatos (digital o en papel), el certificado tiene las siguientes características: es un documento seguro y fiable, en la lengua nacional y en inglés y que incluye un código QR con una firma digital para protegerlo contra la falsificación.

El certificado COVID digital de la UE contiene la información clave necesaria, como el nombre, la fecha de nacimiento, la fecha de expedición, la información pertinente sobre la vacuna / la prueba / la recuperación y un identificador único. Estos datos permanecen en el certificado y no se almacenan ni conservan cuando un certificado se verifica en otro Estado miembro.

El certificado debe indicar claramente el nombre de la vacuna administrada. Por lo que se refiere a la supresión de las restricciones a la libre circulación, los Estados miembros solo deben aceptar los certificados de vacunación para aquellas vacunas que hayan recibido la autorización de comercialización de la Unión Europea. Las personas totalmente vacunadas en posesión del certificado COVID digital de la UE deben quedar exentas de las pruebas relacionadas con los viajes o de la cuarentena catorce días después de haber recibido la última dosis de una vacuna contra la COVID-19 autorizada para toda la Unión Europea.

Respecto a la supresión de las restricciones de viaje, los Estados miembros acordaron considerar que los ciudadanos de la Unión Europea que recibieron dosis mixtas en una vacuna contra la COVID-19 de dos dosis, en línea con las estrategias nacionales de vacunación, están totalmente vacunados.

Los certificados solo incluyen la información limitada que sea necesaria, que no puede ser conservada por los países visitados. A efectos de verificación, solo se comprueban la validez y la autenticidad del certificado, verificando quién lo ha expedido y firmado. Todos los datos sanitarios permanecen en el Estado miembro que expidió el certificado COVID digital de la Unión Europea.

Todos los Estados miembros de la UE han aceptado una coordinación de las restricciones a la libre circulación, asegurando las siguientes especificaciones:

  • Las personas totalmente vacunadas que estén en posesión del certificado COVID digital de la UE deben quedar exentas de las pruebas relacionadas con los viajes o de la cuarentena catorce días después de haber recibido la última dosis. Esto se aplica también a las personas recuperadas que hayan recibido la primera dosis de una vacuna que requiera dos.
  • Las personas recuperadas que estén en posesión de un certificado COVID digital de la UE deben quedar exentas de las pruebas relacionadas con los viajes o de la cuarentena durante los primeros ciento ochenta días siguientes a una prueba PCR con resultados positivos.
  • Las personas con un certificado de prueba diagnóstica deben quedar exentas de los posibles requisitos de cuarentena: setenta y dos horas en el caso de las pruebas PCR y cuarenta y ocho horas en el caso de las pruebas rápidas de antígenos, cuando el Estado miembro las acepte.

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