Los distintos organismos de consumo, como todos los años, recomiendan a los los consumidores que realicen un consumo responsable para comprar en rebajas y, de esta forma, comprar exclusivamente aquellos productos que necesitan realmente y ajustar sus compras al presupuesto del que puedan disponer.
No hay que caer en la tentación de comprar un producto por el mero hecho de que esté muy rebajado o por que sea una ganga, ya que, en muchos casos, estos productos se almacenan en nuestros armarios sin haberlos utilizado.
Las prisas y las aglomeraciones no son buenas consejeras, por lo que debemos acudir a los comercios con tiempo, para poder valorar con detenimiento cuáles son los productos que realmente necesitamos y la idoneidad de la compra según su calidad-precio.
La temporada de rebajas
La temporada de rebajas debe tener siempre una duración mínima de una semana y máxima de dos meses.
Solo pueden venderse como productos rebajados aquellos que ya hubieran estado a la venta al menos un mes antes del comienzo de este período. Los comerciantes están obligados a exponer el precio anterior junto al precio rebajado. Por el contrario, no pueden ofertarse como rebajados los productos que tengan algún defecto de fabricación o tara de cualquier tipo (golpes, manchas, etc.).
Recomendaciones
- Elabora una lista de compra, fijando a ser posible una cantidad máxima de gasto, y trata de tener en cuenta las necesidades de tu hogar y de tu familia.
- Evita los primeros días de las rebajas para realizar tus compras, ya que las prisas y agobios pueden llevarte a la compra impulsiva.
- Comprueba que el producto es de calidad y que no tiene defectos. La venta en rebajas no es una venta de saldos, productos deteriorados o defectuosos.
- Asegúrate de que el etiquetado del producto incluye el precio rebajado y el que tenía con anterioridad.
No olvides tus derechos
No hay que olvidar que durante las rebajas, nuestros derechos como consumidores son los mismos que el resto del año. Así, tenemos derecho a pagar en metálico o con tarjeta, siempre y cuando el comerciante admita durante el resto del año la utilización de este medio de pago. Al consumidor que pague sus compras mediante tarjeta, no se le puede exigir el pago de recargo económico alguno sobre el precio final del producto. Igual que durante el resto del año, es recomendable pedir el ticket o la factura de compra, y conservarlos durante el mayor tiempo posible para poder reclamar llegado el momento.
En el supuesto de que el comerciante acepte devoluciones, el consumidor puede exigir que conste expresamente en el ticket o factura. La normativa actual no obliga a los comerciantes a aceptar devoluciones de los productos que no sean defectuosos, salvo que reconozca este derecho a través de su publicidad. La garantía del producto debe ser igual que el resto del año.
Cómo reclamar
En caso de reclamación, hay que solicitar la hoja de reclamación. Todos los establecimientos de la Comunidad de Madrid tienen, por ley, la obligación de tenerlas a disposición de sus clientes. Si el comerciante no dispusiera de dichas hojas de reclamaciones o se negara a entregarlas, podemos solicitar la presencia de la Policía Municipal para que levante el correspondiente atestado.
Formalizada la hoja de reclamación, hay que llevarla para su posterior tramitación a la Oficina de Información al Consumidor (O.M.I.C.) de su Ayuntamiento o a la Dirección General de Consumo de la Comunidad de Madrid, si su municipio no cuenta con esta Oficina. También puede acudir al gabinete jurídico de la UCM, para formalizar la correspondiente reclamación. Si no se llega a un acuerdo amistoso, se puede solicitar la celebración de un arbitraje de consumo, vía de solución extrajudicial que resulta gratuita.