En muchas ocasiones, cuando llevamos nuestro vehículo, moto, etc., a un taller para su reparación, suelen surgirnos numerosas dudas en cuanto a cuáles son nuestros derechos y cómo reclamar en caso de que sean vulnerados.
Por ello, es muy importante que tengas en cuenta lo que te contamos a continuación.
- Derechos del consumidor.
Algunos de los derechos que nos asisten como consumidores, son los siguientes:
1º. En primer lugar, tenemos derecho a un presupuesto previo, aunque es posible renunciar al mismo, pero esta renuncia debe constar de nuestro puño y letra y, además, debe ser firmada. Es importante saber que el taller puede cobrar la elaboración de este presupuesto. En algunos casos, al realizar la reparación, pueden detectarse nuevas averías que no figuren en el presupuesto inicial, por lo que solamente podrán repararlas si nos informan previamente del importe del arreglo y damos nuestro consentimiento al mismo.
2º. Si el vehículo queda depositado en el taller, deben entregarnos el resguardo de depósito en el que deben constar, al menos, los datos identificativos del vehículo, la fecha de entrega, la firma del propietario del vehículo y de la persona encargada de ello en el taller de reparación, y la fecha prevista de devolución.
3º. En principio, las piezas de repuesto que nos instalan deben ser nuevas. Sin embargo, es posible que se utilicen piezas de desguace siempre y cuando lo aceptemos.
4º. El taller está obligado a entregar al cliente las piezas sustituidas.
5º. Además, tenemos derecho a la existencia de piezas de repuesto durante al menos diez años desde que el vehículo deje de fabricarse.
6º. En cuanto a las garantías, hay que distinguir la garantía de las piezas, de la garantía de la reparación. Las piezas nuevas tienen hoy en día tres años de garantía, mientras que para las piezas de segunda mano deben darnos una garantía mínima de un año. Sin embargo, la reparación cuenta con una garantía de tres meses o 2.000 kilómetros recorridos, lo que antes suceda.
7º. También tenemos derecho a que nos entreguen una factura de los trabajos realizados, la cual debe ir firmada y sellada. Además, debe especificar las operaciones que se han realizado, las horas empleadas, las piezas, los impuestos y el precio final. Igualmente, debe indicar el periodo de garantía sobre la reparación.
8º. En el caso de que finalmente el taller nos informe del presupuesto o de la reparación de nuestro vehículo y no lo retiremos en los tres días hábiles siguientes, debemos tener en cuenta que podrán cobrarnos gastos de estancia.
- Obligaciones de los talleres de reparación de automóviles.
A parte de todo lo detallado anteriormente, los talleres tienen además otras obligaciones que cumplir, entre las que encontramos las siguientes:
1º. Los talleres deben estar legalmente clasificados.
2º. Además, deben contar con una placa en un lugar visible de la fachada del edificio, en la que figurará la rama de la actividad que le corresponda, su especialidad y las siglas de la comunidad autónoma. En el caso de la Comunidad de Madrid, los talleres deben tener también un número de identificación.
3º. En el caso de talleres que no sean oficiales de marca, tienen prohibida la ostentación de marcas que puedan inducirnos a error.
4º. También están obligados a exhibir al público de forma visible los precios por hora de trabajo y por servicios.
- ¿Cómo reclamar si nuestros derechos están siendo vulnerados?
Si consideramos que nuestros derechos están siendo vulnerados, debemos saber que los talleres están obligados a disponer de Hojas de Reclamación a disposición del cliente, así como a tener situado en un lugar visible el cartel informativo de la existencia de las mismas.
Si tienes cualquier duda sobre tus derechos frente a un taller de reparación o cualquier otra consulta al respecto, no dudes en ponerte en contacto con nuestro Gabinete Jurídico. ¡Te la resolveremos de forma totalmente gratuita!