CONTRATOS DE PERMANENCIA: LEGALIDAD Y DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES

Escrito por Belén Rivas

Mar 22, 2023

22 de marzo de 2023

 

En España, la legalidad de los contratos de permanencia está regulada por la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias. Estos contratos son comunes en sectores como las telecomunicaciones, suministros, banca, centros deportivos, arrendamientos, etc., donde los clientes a menudo se comprometen a mantener un servicio o producto durante un período de tiempo determinado.

Según la normativa legal española, los contratos de permanencia son legales siempre que cumplan ciertos requisitos. En primer lugar, el contrato debe ser claro y transparente en su redacción, de tal forma que el cliente pueda entender fácilmente las condiciones a las que se está comprometiendo. Además, el contrato debe estar equilibrado y ser justo para ambas partes, y no debe incluir cláusulas que sean ilegales o abusivas.

El Real Decreto Ley 7/2021 de 27 de abril establece una serie de medidas de protección de los derechos de los consumidores en los contratos de permanencia. Estas medidas tienen como objetivo garantizar que los consumidores no se vean perjudicados por cláusulas abusivas o desproporcionadas en estos contratos.

 

  • Derechos fundamentales frente a los contratos de permanencia

– En primer lugar, el Real Decreto Ley establece que las empresas deben informar claramente a los consumidores sobre las condiciones del contrato de permanencia antes de que estos lo firmen. Esto incluye información sobre la duración del contrato, las tarifas y los cargos asociados, las condiciones de cancelación y los posibles costos adicionales.

        – Además, el Real Decreto Ley establece que los contratos de permanencia deben tener una duración máxima de 24 meses. Esto significa que los consumidores no pueden verse obligados a permanecer en una relación comercial con una empresa durante más de dos años.

         – Otra medida importante que establece el Real Decreto Ley es que los cargos por cancelación anticipada deben ser proporcionales y razonables. En otras palabras, las empresas no pueden imponer cargos excesivos a los consumidores si deciden cancelar el contrato antes de que expire el período de permanencia. Los cargos deben estar claramente especificados en el contrato y deben ser proporcionales a los costos reales que la empresa pueda sufrir como resultado de la cancelación.

         – Además, el Real Decreto Ley establece que las empresas no pueden renovar automáticamente los contratos de permanencia. En otras palabras, cuando un contrato de permanencia llega a su fin, la empresa debe informar al consumidor sobre las opciones disponibles y no puede renovar automáticamente el contrato sin el consentimiento explícito del consumidor.

          – Si la resolución del contrato se debe a incumplimiento del contrato, el Código Civil español establece que, los contratos son vinculantes para ambas partes y que, en caso de incumplimiento, la parte afectada tiene derecho a exigir el cumplimiento del contrato o a resolverlo. 

Por lo que es muy importante saber que, en el caso de los contratos de permanencia, los consumidores que han firmado un contrato de permanencia con una empresa tienen derecho a exigir el cumplimiento de las condiciones acordadas en el contrato. Si la empresa incumple las condiciones, los consumidores pueden exigir una compensación o resolver el contrato sin incurrir en cargos adicionales.

 

  • ¿Puede la compañía modificar las condiciones del contrato unilateralmente?

En otros casos sucede que, cuando los consumidores firman un contrato de permanencia con una empresa, esperan que las condiciones acordadas se mantengan sin cambios hasta que el contrato expire. Sin embargo, en algunos casos, las empresas pueden intentar cambiar las condiciones de manera unilateral durante el período de permanencia. En tales situaciones, los consumidores tienen derechos importantes para proteger sus intereses. A continuación, se presentan algunos de los derechos más relevantes para los consumidores en estas circunstancias:

      – En primer lugar, es importante recordar que los consumidores tienen derecho a una información clara y completa sobre cualquier cambio en las condiciones del contrato. Las empresas deben informar a los consumidores sobre cualquier cambio en las condiciones con una antelación razonable antes de que se hagan efectivos. Esto permite a los consumidores tomar una decisión informada sobre si desean continuar con el contrato bajo las nuevas condiciones o si prefieren cancelarlo.

      – Además, los consumidores tienen derecho a rescindir el contrato de forma gratuita si las nuevas condiciones no son aceptables para ellos. Esto significa que, si una empresa cambia las condiciones de un contrato de permanencia de manera unilateral y los consumidores no están de acuerdo con estas nuevas condiciones, tienen derecho a rescindir el contrato sin incurrir en cargos adicionales.

      – Si los consumidores deciden continuar con el contrato, tienen derecho a una compensación si sufren algún daño como resultado del cambio.

      – Las empresas no pueden cambiar las condiciones de un contrato de permanencia de manera unilateral si estas condiciones son esenciales para el contrato. Si las condiciones esenciales cambian, los consumidores tienen derecho a rescindir el contrato sin incurrir en cargos adicionales.

 

Si tienes cualquier duda sobre la permanencia en los contratos o cualquier otra consulta al respecto, no dudes en ponerte en contacto con nuestro Gabinete Jurídico. ¡Te la resolveremos de forma totalmente gratuita!

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