Cuentas de pago básicas para personas en situación de vulnerabilidad

Escrito por Javier Rey

May 17, 2024

17 de mayo de 2024

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Las cuentas de pago básicas  se establecen  en beneficio de personas en situación de vulnerabilidad

La concesión de una cuenta de pago básica no puede estar condicionada a la contratación de otros productos financiero

Las cuentas de pago básicas vienen reguladas por el Real Decreto-ley 19/2017 , de 24 de noviembre, de cuentas de pago básicas, traslado de cuentas y comparabilidad de comisiones, además del Real Decreto 164/2019 , de 22 de marzo, que establece un régimen gratuito de estas cuentas en beneficio de personas en situación de vulnerabilidad o en riesgo de exclusión financiera. Asimismo, la Orden ECE/228/2019 , de 28 de febrero, regula aspectos como el procedimiento de traslado de cuentas y los requisitos de los sitios web de comparación. Las cuentas de pago básicas son esenciales para garantizar la inclusión financiera de los colectivos más vulnerables.

¿Qué son las cuentas de pago básicas?

Las cuentas de pago básicas se definen como aquellas cuentas denominadas en euros que se pueden abrir en entidades financieras y que permiten a los usuarios acceder a servicios como la apertura, uso y cierre de la cuenta, depósito de fondos, retirada de efectivo en oficinas o cajeros de la UE, pagos con tarjeta de débito o prepago, y transferencias.

Estas cuentas están pensadas para personas físicas, es decir, consumidores finales, que no actúan en el marco de una actividad comercial, empresarial, oficio o profesión. Además, están dirigidos a quienes se encuentren en situación de vulnerabilidad o riesgo de exclusión financiera.

Requisitos para abrir una cuenta de pago básica

Para poder acceder a una cuenta de pago básica , se deben cumplir ciertos criterios económicos y sociales:

  • Ingresos económicos : Los ingresos anuales de la unidad familiar no deben superar determinados umbrales según el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) :
    1. Hasta 2 veces el IPREM para personas sin unidad familiar.
    2. Hasta 2,5 veces el IPREM para unidades familiares de menos de cuatro miembros.
    3. Hasta 3 veces el IPREM para unidades familiares de cuatro o más miembros, o si son familias numerosas.
    4. Hasta 3 veces el IPREM para unidades familiares que incluyen a una persona con un grado de discapacidad del 33% o superior.
  • Propiedades : Los solicitantes no deben tener propiedades, directas o indirectas, ni derechos sobre bienes inmuebles, excepto la vivienda habitual, ni ser titulares de sociedades mercantiles.

Documentación necesaria

Para abrir una cuenta de pago básica , es necesario acreditar la situación de vulnerabilidad ante la entidad financiera. Se requiere:

  • Libro de familia o documento que acredita la pareja de hecho.
  • Certificados de ingresos : Rentas, prestaciones por desempleo, salarios sociales, etc.
  • Últimas nóminas en el caso de trabajadores por cuenta ajena.
  • Certificado de cese de actividad para autónomos.

En caso de no poder aportar estos documentos, se puede presentar un informe de los servicios sociales del Ayuntamiento que certifique la situación familiar y la idoneidad para acceder a la cuenta de pago básica. Además, la entidad bancaria puede solicitar autorización para consultar estos datos a través de medios telemáticos.

Derechos del consumidor y obligaciones de las entidades financieras

La concesión de una cuenta de pago básica no puede estar condicionada a la contratación de otros productos financieros. No obstante, un banco puede denegar la apertura de este tipo de cuenta si se considera que hay riesgos para la seguridad nacional, si no se ha aportado la documentación necesaria para la prevención del blanqueo de capitales, o si ya se dispone de una cuenta corriente. en España. En estos casos, la entidad debe comunicar su decisión en un plazo máximo de 30 días desde la recepción de la documentación.

Si no se recibe ninguna comunicación en este plazo, se considerará que la apertura de la cuenta ha sido aceptada, así como su gratuidad.

Gratuito o con comisiones: ¿cuánto cuesta una cuenta de pago básica?

La gratuidad de la cuenta de pago básica se garantiza durante un período de 2 años, siempre que se mantengan las condiciones de vulnerabilidad o riesgo de exclusión financiera. Pasado este tiempo, si las condiciones cambian, la cuenta podría perder su gratuidad.

Las entidades bancarias pueden cobrar una comisión máxima de 3 euros al mes por la prestación de servicios básicos si se realizan hasta 120 operaciones de pago al año dentro de la Unión Europea (como transferencias o adeudos). En caso de superar este número de operaciones, no se podrán aplicar comisiones adicionales más allá de las establecidas por el Banco de España.

 

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