Nuestra socia Marina F.M. adquirió en una tienda física de la compañía de cosméticos “KIKO MILANO”, entre otros productos, un “Lip Brush” retractable. En ningún momento la persona que asesoró en la venta y realizó la misma, informó a la consumidora de que, para dicho producto, no se admitían cambios ni devoluciones.
Días después, la afectada acudió a la misma tienda donde había realizado la compra, con el objetivo de realizar la devolución de este artículo. La persona que la atendió, le informó entonces de que “las brochas no admitían devolución”. Ana F. M. decidió solicitar una hoja de reclamación en el propio comercio, la cual trasladó seguidamente al equipo de nuestro Gabinete Jurídico.
Desde la UCE- CM, realizamos las gestiones de reclamación necesarias, solicitando que se procediese a la devolución del importe correspondiente al artículo adquirido ya que, además de no haber facilitado ninguna información sobre la política de devolución a la consumidora en el momento de la compra, el establecimiento comercial tampoco disponía de ningún cartel a la vista del consumidor que indicase dicha política de devoluciones. Y ni siquiera el ticket de compra contemplaba que, para determinados artículos, no existiese la posibilidad del cambio o devolución en el plazo de 30 días, como lo contemplaba para el resto de productos.
De la misma manera, tampoco se encontraba expuesta al público la información obligatoria sobre la existencia de hojas de reclamación a disposición al cliente, por lo que nuestros abogados procedieron a comunicar esta situación al correspondiente órgano de Inspección, con el objetivo de eliminar los obstáculos que impiden que se cumplan de la manera más efectiva los derechos de los consumidores, establecidos en la legislación vigente.
Finalmente, la citada compañía procedió a la devolución del importe reclamado a la consumidora, así como a situar el cartel informativo sobre la existencia de hojas de reclamación a disposición del consumidor, a la vista del público.