JUEGOS DE AZAR, CONSUMO NO RESPONSABLE

Escrito por Belén Rivas

Ene 4, 2023

4 de enero de 2023

Existe una importante alarma social entre la población adolescente y juvenil por la facilidad de acceso a los juegos de azar y apuestas, tanto en locales presenciales, como en Internet. Esto se inicia como un modo de diversión y socialización, pareciendo una forma fácil y divertida de pasar el tiempo, pero en muchos casos, pasa a convertirse en un problema de adicción peligrosa que puede arruinar sus vidas. 

 

La ludopatía, reconocida como enfermedad.

La ludopatía, estando reconocida como enfermedad por la Organización Mundial de la Salud (OMS), es una alteración progresiva del comportamiento en la que el individuo siente de manera incontrolable la necesidad de frecuentar los juegos de azar.

Cada vez se realizan más estudios y campañas para prevenir y concienciar de este problema, donde se visualiza el creciente porcentaje de jóvenes que comienzan jugando siendo menores, a pesar de que la edad legal para acceder a estos servicios es de 18 años. 

Estas conductas se pueden iniciar por aburrimiento, cuando se sienten perdidos o incluso por la normalización dada en el hogar en el ámbito de las apuestas o juegos de loterías, pero se terminan convirtiendo en un problema de conducta. Esto hace pensar que algo está fallando en los controles de seguridad y normativa. 

 

La prevención y sus inconvenientes.

La gran oferta y la facilidad para acceder a ello, son dos grandes inconvenientes en la prevención. Aumenta con el paso de los años el porcentaje de juegos online en los que se puede apostar dinero, así como también aumenta el número de personas que participa en ellos, destacando de entre la población más vulnerable, los jóvenes. Desde cualquier dispositivo se puede acceder a casas de apuestas, loterías o aplicaciones que, con muy bajo presupuesto, te dejan iniciar el juego, incentivado con los bonos y promociones publicitarias que actúan como cebo.

En 2021, se aprobó un nuevo Real Decreto para regular las comunicaciones comerciales de las actividades de juego. Esta norma, según indica el texto, se persigue un interés general, ya que busca garantizar la protección de los consumidores y de los colectivos más vulnerables, (como son las personas menores de edad, jóvenes y las personas que pueden estar experimentando un problema con el juego). Pero de forma más amplia, busca conseguir la garantía para la salud pública mediante la prevención de las conductas adictivas, la protección de los derechos de los menores de edad y la salvaguardia de los derechos de los participantes en los juegos.

La normativa recoge algunas medidas que restringen actuaciones a las empresas del sector, como: 

  • Limitar y prohibir ciertas promociones para captación de clientes nuevos, intentando evitar que estas puedan inducir a error o percepciones equivocadas. Podrán hacerlo para clientes registrados con cierta antigüedad. 
  • Prohibir la aparición de personajes de relevancia pública en comunicaciones comerciales. 
  • No permite la publicidad, promoción y el patrocinio en eventos, bienes o servicios dirigidos a menores de edad, así como en equipaciones deportivas
  • Se limita y restringe el horario y emisiones de publicidad, habilitado de 1:00 a 5:00 horas. 
  • Se limita las comunicaciones comerciales a través de correo electrónico y redes sociales entre otros canales de comunicación. 

El incumplimiento de esta resolución es sancionada por la Ley de Regulación del Juego, que establece multas que van desde los cien mil a un millón de euros, incluyendo la suspensión de la actividad en España por un plazo máximo de seis meses.

 

¿Cuál es el órgano competente que regula y vigila el sector?

La Dirección General de Ordenación del Juego es el órgano del Ministerio de Consumo, bajo la dependencia de la Secretaría General de Consumo y Juego, que ostenta entre muchas otras, las siguientes competencias:

  • Atiende las reclamaciones que presenten los participantes contra los operadores de juego de ámbito estatal.
  • Se encarga de la inspección de las actividades de juego de ámbito estatal y de los sistemas técnicos utilizados en las mismas, así como la propuesta de iniciación de expedientes sancionadores derivados de dicha inspección.
  • La tramitación de los procedimientos administrativos sancionadores en materia de juego en relación con los puntos de venta de la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado, S.M.E., S.A.
  • La tramitación de expedientes administrativos sancionadores iniciados por infracciones contempladas en la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego.
  • La autorización de las actividades ocasionales de juego de ámbito estatal, así como de cualquier aspecto de las modalidades y tipos de juego sujetos a título habilitante que requiera de una autorización específica.

 

Derechos del usuario.

Como en todos los sectores, el usuario tiene una serie de derechos y obligaciones que deben ser respetadas y cumplidas. Entre los derechos principales, se encuentran los siguientes:

  • Obtener información clara y veraz sobre las reglas del juego en el que deseen participar.
  • Cobrar los premios que les pudieran corresponder en el tiempo y forma establecidos.
  • Jugar durante el tiempo de uso correspondiente al precio de la partida de que se trate.
  • Jugar libremente.
  • Conocer en cualquier momento el importe que ha jugado o apostado, así como a conocer el saldo de su cuenta.
  • Identificarse de modo seguro y la protección de sus datos personales.
  • Conocer la identidad del operador de juego.
  • Recibir información sobre la práctica responsable del juego.

 

Obligaciones del usuario.

Entre ellas, destacan como principales las 3 siguientes:

  • Identificarse ante los operadores de juego.
  • Cumplir las normas y reglas relativas a los participantes.
  • No alterar el normal desarrollo de los juegos.

 

¿Qué es el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego (RGIAJ) o Registro de prohibidos?

En el marco de sus respectivas competencias, tanto el Estado, como las Comunidades Autónomas, han procedido a la regulación de los registros de prohibidos.

La inscripción en un registro de prohibidos impide el acceso del inscrito a aquellos juegos respecto de los que la Administración Pública competente haya determinado la necesidad de realizar la identificación previa del jugador, con el fin de hacer efectivo el derecho de los ciudadanos a que les sea prohibida la participación en las actividades de juego.

Para que los datos del usuario formen parte de este registro, tiene que rellenar un formulario por escrito, de forma online o bien mediante la app DNIe autoprohibidos. Está información y accesos se pueden encontrar en la página web de la Dirección General de Ordenación del Juego.

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