RECOMENDACIONES A LA HORA DE CONTRATAR UN SEGURO MÉDICO ONLINE

Escrito por Belén Rivas

Ene 2, 2023

2 de enero de 2023

La situación social actual ha digitalizado nuestras vidas transformando, en muchos casos, nuestra forma de pensar y de comportamiento.

La mayoría de las contrataciones de bienes y servicios rutinarias se hacen de forma online, algo que se ha convertido en una forma ágil y fácil de realizar tareas de ocio, domésticas e incluso relacionadas con la salud. Además, la situación sociosanitaria que hemos vivido estos últimos años y el colapso sanitario que existe en la actualidad, ha influido en los cambios de hábitos de los consumidores.

El sector del seguro sanitario, por ejemplo, se ha convertido en un elemento necesario para muchas familias, lo que ha generado el interés y aumento en las contrataciones. 

A golpe de clic, se puede acceder y contratar una póliza sanitaria según las necesidades del consumidor. Y aunque de esta manera sea prácticamente inmediato, se aconseja dedicar el tiempo necesario a leer y comparar la información sobre lo que nos ofrecen, para no ser manipulados con formatos y contenidos llamativos que puedan inducir a error, ya que la letra pequeña continúa existiendo en las contrataciones digitales. 

 

 ¿Qué hay que tener en cuenta a la hora de contratar?

El sector del seguro incorpora una amplia información que los consumidores desconocen a la hora de contratar, por lo que, principalmente, debemos tener muy en cuenta lo siguiente:

  • Precios del servicio.

Después de comparar precios y coberturas de distintas pólizas dentro del sector, debemos valorar las necesidades personales a la hora de contratar, ya que, en función de los servicios contratados, el precio variará.

Los seguros médicos disponen de muchas modalidades: seguros básicos, seguros completos, con reembolso, con copago o sin copago.

En la modalidad de copago, el consumidor suele pagar una prima más reducida y abonar un importe determinado a parte, cada vez que utiliza el servicio. Sin copago, el consumidor solo paga la cuota por el periodo pactado en el contrato, que suele ser mensual, independientemente de las veces o servicio al que acceda.

  • Exclusiones.

En la letra pequeña suelen referirse a las exclusiones de servicios y prestaciones, como problemas de salud crónicos o servicios de alto coste, que la póliza contratada no cubra.

  • Periodos de carencia.

En algunas pólizas existe un periodo en el que algunos servicios están inactivos, como puede ser la hospitalización o ciertas coberturas relacionadas con el embarazo. Es el tiempo que tiene que transcurrir desde que se contrata la póliza, hasta que se puede acceder a  los servicios. 

Los plazos dependerán del servicio y de la compañía y pueden ir desde los 30 días a los 10 meses.

  • Revisión de las primas.

La duración del contrato en este tipo de seguros suele ser anual renovable, lo que supone que la prima calculada tiene en cuenta el riesgo de la persona asegurada durante el año de cobertura. Esta circunstancia supone que cuando se renuevan los contratos, las primas se modifican, ya que a medida que aumenta la edad, mayor es el riesgo de necesitar prestaciones de asistencia sanitaria, por lo que la prima de riesgo es mayor.

  • Prórroga.

Cualquier modificación de la prima implica una modificación del contrato y para que tenga validez se requiere acuerdo entre ambas partes. El asegurador deberá comunicar por un medio fehaciente al asegurado cualquier actualización en el contrato, con un plazo de preaviso de dos meses al vencimiento de la póliza. 

Existe un derecho de las partes de oponerse a la prórroga mediante notificación escrita enviada a la otra parte, con un plazo de anticipación de dos meses a la finalización del periodo de vencimiento si el que se opone es el asegurador, y de un mes si se trata del tomador del seguro, en caso de no aceptar las nuevas condiciones.

Si no se respeta el plazo de dos meses, la subida de primas no podrá aplicarse sin el consentimiento del tomador y, por tanto, la entidad deberá respetar la prima del periodo anterior. El contrato deberá seguir en vigor hasta su vencimiento, aunque el tomador no acepte las nuevas condiciones.

 

Si tienes cualquier duda sobre tus derechos frente a la contratación de un seguro médico o cualquier otra consulta al respecto, no dudes en ponerte en contacto con nuestro Gabinete Jurídico. ¡Te la resolveremos de forma totalmente gratuita!

 

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