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El DNI digital permite acreditar la identidad del usuario.
Aunque complementa al documento físico y no lo sustituye, permite al ciudadano identificarse
El nuevo DNI digital ya está en marcha en España y representa un paso más hacia la digitalización de los servicios públicos y privados. Aunque complementa al documento físico y no lo sustituye, permite al ciudadano identificarse desde su teléfono móvil con total validez legal. A través de la aplicación oficial MiDNI, desarrollada por la Policía Nacional, cualquier persona podrá portar su Documento Nacional de Identidad en formato digital. Este avance, sin embargo, exige atención a ciertos aspectos importantes que afectan a la privacidad, seguridad y derechos del usuario ante posibles estafas y fraudes.
¿Qué es el DNI digital?
El DNI digital es una versión electrónica del tradicional Documento Nacional de Identidad. Está regulado por el Real Decreto 255/2025, de 1 de abril, y tiene la misma validez jurídica que el formato físico, siempre que se utilice mediante la aplicación oficial MiDNI. Se trata de una solución gratuita, accesible desde dispositivos móviles, que mejora la relación del ciudadano con la Administración pública y con múltiples servicios privados.
Implantación y fases
La implantación del DNI digital se desarrollará en dos fases:
- Desde el 2 de abril de 2025, los ciudadanos pueden utilizarlo de forma presencial en trámites cotidianos.
- A partir de abril de 2026, se permitirá su uso en Internet para la realización de gestiones telemáticas, firma electrónica o acreditación digital.
Durante este año de transición, tanto administraciones como entidades privadas deberán adaptar sus sistemas para aceptar esta nueva forma de identificación digital.
¿Para qué sirve el DNI digital?
El DNI digital permite acreditar la identidad del usuario en diversos contextos: votaciones, gestiones bancarias, reservas de alojamiento, alquiler de vehículos, recogida de paquetes, acceso a locales o trámites administrativos. Ofrece también la posibilidad de mostrar solo los datos estrictamente necesarios, favoreciendo así la protección de la privacidad del titular.
Ventajas para el usuario
Entre los beneficios del nuevo DNI digital destacan:
- Mayor comodidad: el usuario no necesita llevar el documento físico.
- Privacidad reforzada: solo se muestran los datos necesarios mediante códigos QR temporales.
- Mayor seguridad: los datos están protegidos con cifrado y verificación en tiempo real.
- Acceso a servicios electrónicos: próximamente será posible firmar digitalmente o realizar gestiones online desde la propia app.
Además, se evita el uso de copias físicas del DNI, que pueden facilitar el robo de identidad en situaciones de riesgo.
Cómo obtener y activar el DNI digital
Para activar el DNI digital, es necesario contar con un DNI en vigor y seguir dos pasos:
- Registro del móvil
Es obligatorio asociar el número de teléfono móvil al DNI físico. Este registro puede hacerse siempre desde fuentes seguras y evitando redes Wifi públicas:
- Por Internet, usando un lector de tarjetas y el DNI electrónico desde www.midni.gob.es.
- En una comisaría, a través de un Puesto de Actualización de Documentación (PAD).
- Durante la renovación del DNI, en las Unidades de Documentación.
Una vez realizado el registro, se recibe un SMS con un código de verificación para vincular el teléfono a la identidad del usuario.
- Descarga y activación de la app MiDNI
La aplicación oficial está disponible en Google Play y App Store. Para activarla, se deben introducir:
- El número de DNI con letra.
- El número de soporte (compuesto por tres letras y seis dígitos, presente en el documento físico).
- Una contraseña segura, o configurar el acceso mediante biometría (huella o reconocimiento facial).
Una vez activada, la app permite acceder al documento digital desde el móvil en cualquier momento.
Precauciones y aspectos legales importantes
Protección de datos y privacidad
El DNI digital no almacena permanentemente la información en el dispositivo móvil ni en el del verificador. Los datos se generan en tiempo real desde los servidores de la Policía Nacional y desaparecen tras unos segundos. Esto evita la falsificación y protege frente a accesos indebidos.
Sin embargo, es relevante que el consumidor:
- Utilice únicamente la app oficial MiDNI, y no aplicaciones de terceros con nombres similares.
- Mantenga el control de su dispositivo móvil y no comparta su código de acceso.
- No facilite capturas de pantalla del código QR generado, ya que este contiene datos personales.
- No dejar el móvil desatendido ni permitir que terceros accedan a la app.
- Informarse periódicamente de actualizaciones oficiales y alertas sobre seguridad digital.
Certificados electrónicos actualizados
El DNI físico contiene en su chip certificados electrónicos de autenticación y firma. Para utilizar el DNI digital correctamente, estos certificados deben estar en vigor. Pueden renovarse gratuitamente en comisarías o mediante lector desde casa, si se cuenta con un lector de DNI electrónico.
Gestión del número de teléfono
Si el usuario cambia de número de móvil, deberá volver a registrar su DNI digital siguiendo el mismo procedimiento inicial. En caso de pérdida o robo del móvil, no se podrá acceder al documento digital, y se recomienda desactivar el acceso cuanto antes.
Limitaciones del uso
Por el momento, el uso del DNI digital solo está habilitado para trámites presenciales. A partir de 2026 se podrá emplear en gestiones telemáticas, por lo que los ciudadanos deben estar atentos a futuras actualizaciones de la aplicación MiDNI y a los plazos establecidos.
Derechos del consumidor
El usuario del DNI digital tiene derecho a:
- Ser informado claramente sobre el funcionamiento de la app y el tratamiento de sus datos.
- Exigir que las entidades públicas o privadas reconozcan su validez como medio de identificación legal.
- No ser obligado a mostrar más datos personales de los estrictamente necesarios.
- Contar con un canal de atención ante problemas de acceso o uso indebido de su información.
Además, en caso de irregularidades, los ciudadanos pueden dirigirse a la Agencia Española de Protección de Datos o a los servicios de atención al consumidor de su comunidad autónoma.