Piscinas públicas y privadas de uso colectivo

Escrito por Belén Rivas

Jul 19, 2024

19 de julio de 2024

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Las piscinas de uso colectivo, deben cumplir requisitos técnicos-sanitarios para ser aptas para el baño

En  piscinas de uso público con tiquet de entrada, es importante conservarlo hasta la salida, en caso de necesitar reclamar.

Las piscinas de uso colectivo agrupan, según la normativa, las piscinas de acceso público, aquellas que requieren pago como las municipales, deportivas, de hoteles, entre otras; y las piscinas de acceso privado, que pertenecen a instalaciones como las comunidades de vecinos. 

Son espacios recreativos muy populares durante los meses de verano, donde personas de todas las edades pueden disfrutar de momentos refrescantes y divertidos. Sin embargo, al tratarse de lugares públicos, es fundamental que los consumidores y usuarios conozcan y ejerzan sus derechos para garantizar una experiencia segura y satisfactoria. A continuación, se destacan los derechos más relevantes:

  1. Derecho a la seguridad e higiene: Los usuarios de piscinas de uso colectivo tienen el derecho de disfrutar de un ambiente seguro y limpio. Los responsables de estas instalaciones deben mantener un adecuado mantenimiento, limpieza y desinfección del agua y de las áreas circundantes para evitar la proliferación de bacterias y gérmenes que puedan poner en riesgo la salud de los bañistas.
  2. Derecho a la información: A recibir información clara y precisa sobre el funcionamiento de las piscinas, las normas de seguridad, los horarios, las tarifas, así como, facilitar información básica sobre las sustancias químicas utilizadas en el tratamiento del agua, la presencia de socorristas, las ubicaciones de centros sanitarios cercanos. también se debe ofrecer información sobre prevención de ahogamientos, traumatismos craneoencefálicos y lesiones medulares y protección contra el sol.
  3. Derecho a la privacidad: Tienen derecho a disfrutar de su experiencia de baño sin sufrir invasiones a su privacidad. Esto implica que no se permitan cámaras u otros dispositivos de grabación sin el consentimiento expreso de los presentes.
  4. Derecho a la accesibilidad: Las piscinas de uso colectivo deben ser accesibles para todas las personas, incluidas aquellas con discapacidades físicas. Es fundamental que existan facilidades como rampas, sillas de ruedas adaptadas, escaleras con pasamanos y personal capacitado para asistir a personas con movilidad reducida.
  5. Derecho a la calidad del agua: A disfrutar de agua de calidad, que cumpla con los estándares de higiene y seguridad establecidos por las autoridades competentes. Para ello, las piscinas deben someterse a controles periódicos y cumplir con los protocolos de tratamiento y limpieza correspondientes.
  6. Derecho a la seguridad en instalaciones: Las piscinas deben contar con instalaciones seguras y bien mantenidas, que incluyan barreras de seguridad para evitar el acceso no autorizado, señalización clara y visible de las profundidades y advertencias sobre los posibles riesgos.

Otras obligaciones de las piscinas de uso colectivo

Las piscinas de uso colectivo, tanto públicas como privadas, deben cumplir requisitos técnicos-sanitarios para ser aptas para el baño. Conocerlos como consumidor es clave para evitar incidencias dentro y fuera del agua:

Presencia de socorristas durante el horario de apertura, salvo en piscinas de comunidades con menos de 30 viviendas.

Si las piscinas tienen entre 500 y 1000 m², deben contar con un profesional médico o ATS/DUE permanentemente equipado para atender heridos.

Altura máxima en piscinas de adultos: 3 metros, debidamente señalizada; en piscinas infantiles (menores de seis años): no más de 0,60 metros.

Prohibición de trampolines (excepto en piscinas de saltos); los toboganes permitidos deben estar en zonas acotadas y sin peligro de causar daños.

Deben existir aseos separados por género con agua potable, jabón, toallas desechables o secadores y papel higiénico.

Las escaleras para entrar y salir del agua deben estar a menos de 15 metros entre sí. El área circundante a la piscina debe tener un material antideslizante y estar libre de obstáculos.

Debe haber un pediluvio para lavarse los pies, y al menos dos duchas alrededor de la piscina.

Obligaciones de los usuarios

Los usuarios de piscinas tienen la obligación de cumplir con las normas establecidas para el correcto funcionamiento de las instalaciones, como por ejemplo, respetar la zona de baño y no entrar con ropa o calzado de calle para evitar la contaminación del agua y prevenir accidentes. Es obligatorio utilizar la ducha para asegurar una higiene adecuada y reducir la presencia de gérmenes. Mantener la limpieza del entorno y evitar la acumulación de residuos. En el caso de piscinas cubiertas, es necesario utilizar gorros de baño para mantener la higiene del agua y evitar que se contaminen con cabello o productos capilares.

Queda prohibido ingresar al recinto de la piscina con animales, excepto perros guía que acompañen a personas con discapacidad visual.

Derecho a presentar reclamaciones

En caso de incumplimiento de alguno de estos derechos o si un consumidor considera que ha sufrido algún perjuicio o daño mientras hacía uso de la piscina, tiene el derecho a presentar una reclamación ante las autoridades competentes o el establecimiento en cuestión. Estas reclamaciones deben ser atendidas de manera adecuada y resuelves en el plazo establecido por la legislación vigente.

En  piscinas de uso público con tiquet de entrada, es importante conservarlo hasta la salida, en caso de necesitar reclamar. Todas las piscinas públicas deben tener hojas de reclamación.

Si un usuario, se encuentra con alguna situación en la que considere que la piscina no cumple con los criterios técnicos adecuados, que las aguas no tienen la calidad adecuada o que los responsables no están cumpliendo con sus obligaciones en cuanto al uso de la piscina, tiene la opción de presentar una reclamación ante la Consejería de Sanidad, que es la entidad competente en este caso.

En caso de que la incidencia esté relacionada con las hojas de reclamaciones del establecimiento y usted como usuario se haya visto perjudicado en sus derechos, puede presentar su reclamación a través de su organismo de consumo. 

En situaciones más graves, como lesiones o accidentes que requieran intervención quirúrgica u hospitalización debido a negligencias por parte del titular de la piscina, le aconsejamos que acuda a los juzgados y tribunales de justicia para presentar su denuncia correspondiente.

En conclusión, el uso de piscinas de uso colectivo implica derechos y responsabilidades tanto para los usuarios como para los administradores o responsables de estas instalaciones. Conocer y ejercer estos derechos es esencial para asegurar una experiencia placentera y segura para todos los bañistas.

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