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Los seguros antiocupación suelen incluir coberturas, que ya las incluyen los seguros del hogar.
Entender las diferencias entre los conceptos de allanamiento de morada y usurpación, ya que las aseguradoras a menudo los presentan de manera imprecisa.
Un seguro antiocupación es una póliza creada para proteger a los propietarios de las consecuencias económicas y legales derivadas de la ocupación ilegal de sus inmuebles. Estas pólizas prometen cubrir daños materiales, ofrecer asesoramiento jurídico y facilitar el proceso de desalojo. Sin embargo, muchas veces estas coberturas ya están incluidas en los seguros de hogar estándar.
Coberturas de los seguros antiocupación redundantes y confusas
Aunque las coberturas pueden variar entre compañías aseguradoras, los seguros antiocupación suelen incluir coberturas, que como hemos mencionado ya las incluyen los seguros del hogar:
- Reclamación de daños: Indemnización por desperfectos causados en la propiedad, ya sea por actos vandálicos o negligencias de los ocupantes ilegales.
- Asistencia jurídica: Cobertura de los gastos relacionados con la defensa legal, incluyendo honorarios de abogados, tasas judiciales y otros costos legales necesarios para el desalojo.
- Cobertura limitada según el uso del inmueble: Algunas pólizas, solo cubren la vivienda habitual o la segunda residencia para uso propio, dejando fuera propiedades destinadas al alquiler o desocupadas por más de un mes. Esto reduce su utilidad para los propietarios que buscan proteger inmuebles destinados al mercado de arrendamiento.
¿Qué tipos de ocupación ilegal existen?
Es fundamental entender las diferencias entre los conceptos de allanamiento de morada y usurpación, ya que las aseguradoras a menudo los presentan de manera imprecisa:
- Allanamiento de morada: Se produce cuando alguien entra o permanece sin permiso en una vivienda que es el domicilio habitual del propietario o inquilino, incluidas las segundas residencias. Este es un delito regulado en el artículo 202 del Código Penal.
- Usurpación: Implica la ocupación de inmuebles vacíos o deshabitados, como propiedades abandonadas o de bancos, y está regulada en el artículo 245 del Código Penal.
Las Condiciones Generales de las pólizas de algunos seguros antiocupación suelen confundir estos términos, ofreciendo coberturas innecesarias para casos de allanamiento de morada, donde la intervención policial es inmediata y no requiere procesos judiciales largos. Por otro lado, no cubren adecuadamente los casos de usurpación, que suelen implicar procesos legales más complejos.
Publicidad engañosa y alarmismo
Una de las principales críticas hacia los seguros antiocupación radica en su publicidad. Las campañas suelen exagerar los riesgos asociados a la ocupación ilegal, presentando este problema como algo generalizado. Sin embargo, los datos demuestran que los casos de allanamiento de morada o usurpación tienen una incidencia relativamente baja en comparación con el número de propietarios potencialmente afectados.
Además, las condiciones generales de contratación de algunas pólizas, muestran incoherencias y confusiones legales que pueden inducir a error al consumidor.
Diferencias entre ocupación ilegal e incumplimientos de inquilinos
Es importante distinguir entre ocupación ilegal y problemas con inquilinos. Si un inquilino no paga el alquiler o no abandona la propiedad tras el vencimiento del contrato, esto no constituye un delito penal, sino un incumplimiento contractual.
En tales casos, el propietario debe recurrir a la jurisdicción civil para resolver el conflicto, ya sea mediante un procedimiento de desahucio o una reclamación de rentas impagas.
Consejos para contratar un seguro antiocupación
Si estás considerando contratar un seguro antiocupación, ten en cuenta las siguientes recomendaciones:
- Evalúa tus necesidades: Analiza los riesgos específicos a los que estás expuesto. Por ejemplo, si tienes una propiedad vacía, asegúrate de que la póliza cubre la usurpación.
- Revisa las coberturas: Compara las condiciones del seguro antiocupación con las de tu seguro de hogar actual. Si las coberturas son similares, puede que no necesites contratar una póliza adicional.
- Revisa las condiciones: Lee detenidamente los términos de la póliza. Algunas aseguradoras ofrecen coberturas limitadas, como protección solo frente al allanamiento y no frente a la usurpación.
- Distingue los riesgos: Si tu principal preocupación son los impagos de alquiler o la permanencia de inquilinos tras el fin del contrato, es más adecuado contratar un seguro de impago de alquileres.
¿Es el seguro antiocupación la mejor solución?
El seguro antiocupación puede ser una herramienta útil, pero no siempre es necesario para todos los propietarios. Antes de contratar, evalúa si las coberturas se ajustan a tus necesidades reales y considera otras opciones como seguros de impago de alquileres o cláusulas específicas en tus contratos de arrendamiento.