Diez cosas que deberías saber antes de llevar algo a reparar
La televisión, la lavadora o el tostador, fuera de garantía pero con un pequeño fallo. Seguro que un técnico me lo arregla y le damos una segunda vida. Es el día a día del consumidor y, si bien hace años, este tipo de arreglos se relacionaban en ocasiones con ‘chapuzas’, hoy en día, y gracias entre otras cosas a los años de lucha en defensa de los derechos de usuarios y consumidores, los Servicios de Asistencia Técnica (SAT ), son prestados en la mayoría de las ocasiones por establecimientos profesionales, que ofrecen todas las garantías. ¿Qué debo saber antes de llamar a un SAT?
1.- Tipos de aparatos
– Pequeños aparatos: secador, freidora, tostador, etc.
– Línea blanca: lavavajillas, lavadora, frigorífico, etc.
– Línea marrón: ordenador, televisión, vídeo, dvd, equipos de sonido, etc.
2.- Resguardo de depósito
Si el aparato se debe quedar en el establecimiento para su reparación o elaboración de un presupuesto, el servicio de asistencia técnica debe entregar al usuario un resguardo de depósito. Si ya existe un presupuesto firmado por el SAT y el cliente, este documento hace las veces de resguardo de depósito.
3.- Presupuesto
Tiene derecho a solicitar un presupuesto previo por escrito, que tiene una validez mínima de 30 días. Se le debe entregar al cliente en un plazo de cinco días hábiles, con todos los datos del cliente, la empresa, reparación detallada, incluido el precio de las piezas de repuesto, plazos y precios.
El presupuesto es gratuito, excepto si, habiéndolo solicitado, después no se acepta. En este caso, se debe devolver el aparato en las mismas condiciones en que se entregó en el servicio de asistencia técnica.
4.- Averías o defectos ocultos
Si durante la confección del presupuesto o reparación apareciesen averías o defectos ocultos, deben ser inmediatamente comunicados al usuario, redactando un nuevo presupuesto adicional y el cliente tiene que comunicar su conformidad para poder continuar con la reparación.
5.- Gastos de almacenamiento
Transcurrido un mes desde que el aparato debiese ser recogido, comenzando en el momento en el que se le comunica que el equipo ya está reparado, el usuario estará obligado a satisfacer el pago correspondiente a los gastos de almacenamiento. Se podrá cobrar siempre que se encuentre claramente reflejado en una tabla expuesta al público, con el importe correspondiente.
5.- La factura
El SAT está obligado a entregar al usuario una factura con los siguientes datos:
– Número de factura.
– Nombre, domicilio y número de identificación fiscal del servicio de asistencia técnica.
– Nombre y domicilio del usuario.
– Marca y modelo del aparato reparado.
– Operaciones realizadas.
– Piezas de repuesto utilizadas.
– Tiempo de mano de obra empleado.
– Desplazamiento, en su caso.
– Precio total, con impuestos.
– Fecha y firma del SAT.
6.- Gastos de desplazamiento
En los servicios realizados en el domicilio, los gastos de desplazamiento se pueden cobrar solamente una vez, aunque el servicio afecte a varios aparatos y se haya necesitado más de un desplazamiento para su reparación. No se puede cobrar el desplazamiento si el usuario está ausente.
7.- Garantía
La garantía, que será total sobre la reparación efectuada y afectará a todos los gastos que se puedan ocasionar, tendrá un período de validez mínimo de tres meses desde la fecha de la entrega del aparato y tendrá validez mientras no sea manipulado o reparado por terceros.
El plazo de garantía quedará suspendido durante el tiempo que duren las reparaciones efectuadas a su amparo. En el caso de que el SAT decida entregar un aparato nuevo al no poder arreglar el antiguo, se renovará el plazo de garantía.
8.- Piezas de repuesto
Todas las piezas de repuesto deben ser nuevas, excepto si el usuario da su consentimiento por escrito para que se utilicen piezas de repuesto usadas, recuperadas o no originales. El SAT está obligado a entregar al usuario, si lo desea, las piezas de repuesto que se han sustituido, excepto si la reparación se ha hecho en garantía.
9.- Reclamaciones
Puede usted solicitar una hoja de reclamaciones, preséntela, junto con las pruebas convenientes (resguardo de depósito, presupuesto, factura…), en la oficina municipal de información o en la Dirección General de Consumo. Si el SAT está adherido al Sistema Arbitral de Consumo, puede solicitar un arbitraje.
10.- Dónde informarme
Recuerde que el gabinete jurídico de la Unión de Consumidores de Madrid-UCM está a su disposición para resolver cualquier duda o consulta que tenga al respecto.