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Aceptar una herencia implica aceptar tanto los bienes como las deudas.
Si el fallecido no dejó testamento, los herederos deben realizar una declaración de herederos abintestato.
Cuando una persona fallece, sus herederos deben realizar una serie de trámites para recibir una herencia . Este proceso puede resultar complejo y, en ocasiones, desconocido para muchas familias. Es fundamental tener claras las acciones a seguir, los derechos del heredero y las precauciones necesarias para evitar complicaciones legales y económicas.
Obtener información sobre las cuentas y bienes del fallecido
El primer paso es conocer las cuentas bancarias y otros bienes del fallecido. Si los familiares no disponen de esta información, pueden dirigirse a la Agencia Tributaria acreditándose como herederos. Para ello, será necesario aportar documentos que demuestren su relación con el fallecido, como el certificado de defunción y el libro de familia.
Una vez identificadas las cuentas y entidades donde se encuentran los bienes, la entidad bancaria o financiera solicitará los siguientes documentos:
- Certificado de defunción, emitido por el Registro Civil.
- Certificado de últimas voluntades, un documento esencial para saber si existe testamento y, en caso afirmativo, acceder a él.
En caso de no existir testamento: Declaración de herederos
Si el fallecido no dejó testamento, los herederos deben realizar una declaración de herederos abintestato . Este trámite se lleva a cabo ante notario y tiene como objetivo identificar a los herederos legales. Será necesario aportar documentos como:
- Certificado de fallecimiento.
- Certificado de empadronamiento del fallecido.
- Documentos que acrediten el parentesco con el fallecido.
El notario emitirá un acta que determine quiénes son los herederos legítimos.
Aceptación de la herencia
Uno de los aspectos más importantes que deben considerar los herederos es que aceptar una herencia implica aceptar tanto los bienes como las deudas del fallecido. Es esencial analizar el patrimonio heredado para evitar sorpresas desagradables.
Los herederos tienen dos opciones:
- Aceptar la herencia pura y simple , asumiendo tanto activos como deudas.
- Aceptar un beneficio de inventario , donde las deudas se pagan únicamente con los bienes heredados, protegiendo así el patrimonio personal de los herederos.
Es recomendable solicitar asesoramiento legal antes de proceder, especialmente si existen dudas sobre la solvencia de la herencia.
Distribución y partición de la herencia
Una vez aceptada la herencia, los herederos deben llegar a un acuerdo sobre la distribución de los bienes. Este proceso se formaliza mediante un documento conocido como «partición y adjudicación de herencia», que también se firma ante notario. En este acuerdo se especifica qué bienes o activos se adjudican a cada heredero.
En algunos casos, si no hay acuerdo entre los herederos, será necesario recurrir a la vía judicial para resolver el reparto.
Pago del impuesto de sucesiones
Antes de poder disponer de los fondos o bienes heredados, es obligatorio liquidar el Impuesto de Sucesiones. Este impuesto se calcula en función del valor de los bienes heredados y de la comunidad autónoma donde reside el fallecido, ya que las bonificaciones y reducciones pueden variar.
La entidad bancaria revisará la documentación y comprobará que este impuesto ha sido debidamente pagado antes de permitir el acceso a los fondos.
Plazos y reclamaciones más frecuentes
Uno de los problemas más habituales que encuentran los herederos es el tiempo que tardan las entidades bancarias en realizar los trámites para recibir una herencia. No existe un plazo legalmente establecido, ya que depende de la complejidad del caso y de la documentación aportada. Sin embargo, como consumidores, es importante conocer que:
- Las entidades deben informar a los herederos sobre los plazos estimados y el importar a cobrar por este servicio.
- Si el proceso se prolonga de forma injustificada, los herederos tienen derecho a presentar una reclamación ante la propia entidad o acudir a organismos de consumo y defensa del usuario.
Cómo proceder en caso de reclamación ante la entidad
Si los herederos consideran que la entidad bancaria está demorando de manera injustificada los trámites para acceder a la herencia o si existen discrepancias en los costes aplicados, pueden presentar una reclamación formal. El proceso es el siguiente:
- Reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de la entidad bancaria:
La reclamación debe presentarse por escrito, aportando toda la documentación que respalde el caso (certificados, actas notariales, justificantes de pagos, etc.).La entidad tiene un plazo máximo de 15 días hábiles para contestar si la reclamación está relacionada con servicios de pago. En otros casos, el plazo máximo es de 30 días naturales.
- Reclamación ante el Banco de España :
Si la respuesta de la entidad no es satisfactoria o no se recibe contestación en los plazos indicados, los herederos pueden acudir al Departamento de Conducta de Mercado y Reclamaciones del Banco de España . La reclamación se puede realizar online, por correo postal o de manera presencial. El Banco de España emitirá un informe sobre la actuación de la entidad, aunque no tiene carácter vinculante, suele ser determinante para resolver la situación
Recibir una herencia es un proceso que requiere tiempo, organización y cumplimiento de ciertos trámites legales. Los herederos tienen derecho a acceder a la información necesaria sobre los bienes del fallecido, así como a recibir un servicio transparente y diligente por parte de las entidades bancarias.
Si bien el proceso puede parecer complejo, seguir estos pasos de manera ordenada y conocer los derechos como usuario ayudará a facilitar los trámites para recibir una herencia.