RECLAMANTE: El consumidor había reservado y pagado unas vacaciones con destino Lanzarote con su familia. Poco antes de la salida del viaje, se vieron obligados a anularlo pues a su mujer le habían detectado una enfermedad grave que requería ingreso inmediato y operación de urgencia requiriendo, con posterioridad, hospitalización y rehabilitación.
RECLAMADO: La empresa reclamada se negaba a devolver el total del viaje dado que, entendía que a pesar de que el consumidor pudiera anular el viaje, esto generaba gastos y que por tanto, procedía que se retuviera la parte del precio correspondiente a los gastos de anulación que se habían generado.
SOLUCIÓN: El Colegio Arbitral estimó las pretensiones del consumidor resolviendo que, quedaba acreditado que el consumidor anuló el viaje por circunstancias de fuerza mayor al aportar los informes médicos que corroboraban la imposibilidad de realizar el viaje y que por tanto, correspondía el reembolso total del viaje sin retención de gasto alguno.