La Reforma de la Ley General de Telecomunicaciones

Escrito por Belén Rivas

Jun 1, 2023

1 de junio de 2023

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La reforma de la Ley General de Telecomunicaciones ha introducido una serie de cambios significativos, entre ellos la prohibición de llamadas comerciales no solicitadas.»

 Las llamadas comerciales no solicitadas, comúnmente conocidas como «spam telefónico», han sido una molestia persistente para muchas personas. Estas llamadas intrusivas no solo interrumpen la vida cotidiana, sino que también pueden comprometer la privacidad y la seguridad de los individuos.

En un mundo cada vez más interconectado, donde la tecnología y las comunicaciones desempeñan un papel fundamental en la sociedad, resulta esencial establecer regulaciones que protejan los derechos y la privacidad de los ciudadanos. La reforma de la Ley General de Telecomunicaciones ha introducido una serie de cambios significativos, entre ellos la prohibición de llamadas comerciales no solicitadas.

 

Reforma de la Ley General de Telecomunicaciones

Las llamadas comerciales no solicitadas, comúnmente conocidas como «spam telefónico», han sido una molestia persistente para muchas personas. Estas llamadas intrusivas no solo interrumpen la vida cotidiana, sino que también pueden comprometer la privacidad y la seguridad de los individuos. La Reforma de la Ley General de Telecomunicaciones ha abordado esta cuestión en su artículo 66.1. A partir del 29 de junio de 2023, se implementarán las modificaciones en el ámbito de las comunicaciones comerciales, según lo estipulado por una reciente enmienda a la Ley General de Telecomunicaciones, aprobada en junio de 2022. Una de las principales novedades es la prohibición de realizar llamadas comerciales sin el previo consentimiento o justificación de un interés legítimo, de acuerdo con las normativas de protección de datos.

Esta legislación marca un cambio significativo en la manera en que las empresas pueden realizar comunicaciones telefónicas con fines comerciales. A partir de la fecha mencionada, las empresas ya no podrán llevar a cabo llamadas de este tipo sin haber obtenido el consentimiento explícito de los destinatarios previamente. En caso de que una empresa desee justificar un «interés legítimo» para contactar a un individuo, debe poder demostrar que ha mantenido una relación comercial previa con el mismo, a través de la adquisición de productos o servicios de la empresa en cuestión.

 

¿Quién vigilará el cumplimiento de esta reforma?

En caso de incumplimiento de la Ley General de Telecomunicaciones, las empresas enfrentan posibles sanciones de La Agencia Española de Protección de Datos, (AEPD). Los afectados pueden presentar reclamaciones si continúan recibiendo comunicaciones no autorizadas, lo que podría llevar a sanciones económicas por no respetar el derecho de oposición. 

 

¿A quién afecta esta norma?

Esta normativa afecta a las empresas con las cuales se ha tenido una relación comercial previa y no a otras entidades pertenecientes al mismo grupo empresarial, es decir, en ningún caso se pueden ceder datos personales a otras entidades de un mismo grupo empresarial con fines comerciales, sin el consentimiento específico y previo del usuario. Además, si el contrato de servicios ya no está vigente y no ha habido interacciones con la empresa durante el último año, estas llamadas tampoco pueden realizarse.

La restricción establecida en el artículo 66 de la Ley General de Telecomunicaciones afecta únicamente a usuarios que poseen números de teléfono en España, ya sean fijos o móviles. Esto también incluye a los centros de llamadas, (call centers,) ubicados en otros países, pero que realizan comunicaciones comerciales en España.

Hasta ahora, las personas que deseaban evitar llamadas no deseadas podían inscribirse en la Lista Robinson o ejercer su derecho de oposición durante una llamada comercial. La Lista Robinson seguirá operativa y esta nueva medida se considera complementaria a la misma. Si alguien ya estaba registrado en la Lista Robinson, las empresas solo podrán llamar si se ha otorgado un consentimiento específico para ello.

 

¿Cómo protegerse de las llamadas comerciales?

La empresa comercial tendrá que identificarse al inicio de las llamadas e informar de la finalidad de la misma, así como de informar del derecho a rechazar dicha comunicación es caso contrario, sería motivo de denuncia por infracción. 

Tener la cautela de no atender llamadas de números desconocidos y, en caso de decidir responder, adoptar medidas de seguridad adicionales. Evitar proporcionar cualquier tipo de información personal, así como hacer cualquier tipo de compra por este medio.

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También puedes visitar la Ley General de Telecomunicaciones publicada en el BOE.

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